Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal Investigador: qué ha cambiado y cómo aprovecharlas

  • Por Mireia ANDREU CREUS
    • 5 Mar 2026
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El 10 de enero de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. Esta normativa introduce cambios relevantes en el régimen de Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal Investigador, sustituyendo parcialmente al Real Decreto 475/2014.

La actualización supone una modificación al tratamiento de las bonificaciones, pero consolida este incentivo como un ahorro importante para las empresas que cuentan con personal técnico dedicado exclusivamente a proyectos de I+D+i.

A continuación, te contamos más sobre el incentivo, qué significa la última modificación y cómo puede beneficiarse tu empresa.

¿Qué son las Bonificaciones a la SS por Personal Investigador?

Se trata de un incentivo que permite reducir las aportaciones empresariales por contingencias comunes en las cuotas de la Seguridad Social para aquellos trabajadores que se dedican exclusivamente a actividades de I+D+i.

En resumen, estas bonificaciones son una herramienta de optimización fiscal y reducción de costes laborales destinada a fomentar la contratación de personal investigador en proyectos de I+D+i.

Cambios del 10 de enero de 2023: modificaciones incorporadas

La actualización de 2023 introduce varias modificaciones:

  • Se establece una bonificación base del 40%. Para los contratos posteriores a 1 de septiembre de 2023 puede ampliarse hasta el 50% si el trabajador tiene menos de 30 años o es mujer (acumulativo del +5%), limitándose para estos la bonificación a 3 años.
  • Se restringe el número de tipos de contrato que pueden acogerse a la bonificación: 150, 250, 350, 109, 209 y 309.
  • No permite la compatibilidad de este incentivo con otras bonificaciones en la Seguridad Social.

¿Qué significa esto para ti si eres empresa con personal técnico?

  • Este ahorro se refleja automáticamente en el cálculo de los seguros sociales del mes correspondiente, sin necesidad de esperar a una devolución posterior ni a la presentación del Impuesto sobre Sociedades
  • En el caso de pequeñas y medianas empresas, si se dispone del Sello PYME Innovadora es posible compatibilizar para las mismas personas estas bonificaciones y Deducción Fiscal por I+D+i.
  • En el caso de gran empresa no se puede compatibilizar para las mismas personas las bonificaciones y la Deducción Fiscal por I+D+i, pero se pueden tener un mismo proyecto con personal percibiendo ahorro por un incentivo u otro. El ahorro total en proyectos de Innovación Tecnológica es muy similar.
  • Compatible con medidas de apoyo publico siempre que no se supere el 60 por ciento del coste salarial anual del contrato que se bonifica
  • Puedo obtener ahorro por personal técnico incluido en proyectos de I+D+i sobre los cuales no se ostenta la propiedad intelectual del mismo.

¿A qué sectores aplica?

No se limita por actividad ni tamaño empresarial: pueden beneficiarse industrias, tecnológicas, farmacéuticas, agroalimentarias, energéticas, financieras o de servicios, entre otras. Lo determinante no es el sector, sino la naturaleza innovadora y tecnológica de los proyectos en los que participe el personal.

Por tanto, cualquier empresa que realice proyectos de investigación, desarrollo o innovación tecnológica puede acogerse al incentivo, siempre que cumpla los requisitos de elegibilidad del personal y los criterios normativos.

¿Cómo se consigue?

  • Se realiza una revisión de las actividades de I+D+i y de los trabajadores potencialmente elegibles (dedicación ≥ 85 % a I+D+i).
  • Una vez identificado el personal elegible, la empresa (con apoyo de Leyton) tramita el alta o modificación en el Sistema RED de la Seguridad Social, según el caso. la coordinación con el Autorizado RED de la empresa es fundamental.
  • Se realiza un seguimiento periódico de los proyectos y del personal bonificado para mantener actualizada la información técnica y administrativa.
  • Si la empresa cuenta con más de 9 trabajadores bonificados, debe certificar las actividades mediante una empresa acreditada por ENAC y obtener el Informe Motivado Vinculante (IMV) emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación antes de los 6 meses tras la finalización del ejercicio fiscal. Leyton coordina este proceso y prepara las memorias técnicas de justificación.

LEYTON IBERIA: Tu aliado estratégico para la gestión de las bonificaciones

Desde LEYTON ayudamos a la identificación del personal elegible, elaboración de la justificación técnica y seguimiento periódico del incentivo aplicado. Como consultora y con nuestra experiencia en el sector gestionamos las adaptaciones de forma ágil y sin fricciones para que cada empresa obtenga el máximo ahorro conforme a la normativa vigente.

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Mireia ANDREU CREUS

Senior I+D+i Consultant

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