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Consigue una monetización de hasta el 100% del importe de la cuota de tu IS.
Monetizacion o cashback
La Ley del Impuesto sobre Sociedades permite a las empresas aplicar sus deducciones por actividades de I+D+i.
Con carácter general, estas deducciones pueden aplicarse hasta un límite del 25 % de la cuota, que puede elevarse al 50 % cuando las deducciones generadas por determinadas actividades de I+D+i superan el 10 % de dicha cuota.
Cuando una empresa ha generado una deducción por I+D+i, pero no dispone de cuota suficiente para aplicarla, puede optar, bajo determinadas condiciones, por su monetización o cashback. Esto permite solicitar a la administración, el abono de la deducción pendiente, aplicando una reducción del 20 % sobre su importe.
Esto sería la reducción máxima obtenible, pero bajo otra serie de especificaciones, podrías optar a la opción de monetización o cash back, reduciendo el importe de tu cuota al 100%.
Retos que resolvemos
Liderazgo cuantificado
Clientes
años de experiencia como Grupo
Países
IMVs aprobados en 2025
de tasa de aprobación ante la administración
cómo aplica
La apliacción de este incentivo en particular, cuenta con muchos requisitos especifícos conforme a la actividad de tu empresa. Descubre aquí algunos de ellos:
Comprenden la aplicación de conocimientos científicos o tecnológicos para crear nuevos productos, procesos o servicios, así como para mejorar sustancialmente los ya existentes. El proyecto debe demostrar un avance relevante y no limitarse a incorporar soluciones disponibles en el mercado.
Incluyen proyectos orientados a generar nuevos conocimientos científicos o tecnológicos. Para que sean elegibles, debe existir una incertidumbre real que la empresa trate de resolver mediante trabajos sistemáticos, pruebas, análisis o experimentación
Pueden generar derecho a deducción aquellas actuaciones que den lugar a productos o procesos tecnológicamente nuevos o significativamente mejorados. Quedan fuera, por lo general, las actualizaciones rutinarias, los cambios estéticos, las adaptaciones menores o las mejoras que no supongan un avance tecnológico sustancial.
¿CÓMO TE AYUDAMOS?
Te acompañamos en todo el proceso para identificar actividades deducibles, justificar correctamente tus proyectos de I+D+i y maximizar el beneficio fiscal con seguridad técnica, económica y jurídica.
Nuestro equipo multidisciplinar analiza tus proyectos para detectar qué actividades pueden calificarse como I+D o Innovación Tecnológica.
Te ofrecemos una consultoría 360º para coordinar cada fase del expediente, desde el análisis inicial hasta la aplicación de la deducción.
Elaboramos la documentación necesaria para justificar el proyecto, los gastos asociados y su encaje dentro de los criterios exigidos.
Más del 50% de nuestros empleados son ingenieros cualificados, lo que nos permite entender tus proyectos desde una perspectiva técnica y fiscal.
Aportamos claridad y visibilidad sobre el beneficio fiscal obtenido mediante herramientas propias, seguras y optimizadas.
Realizamos reuniones periódicas y ponemos a tu disposición un equipo dedicado para acompañarte hasta la correcta aplicación del incentivo.
COMPRUEBA TU ELEGIBILIDAD
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FAQ
Resolvemos las dudas más habituales sobre aplicar la Monetización el Cashback
Es un mecanismo que permite a una empresa solicitar el abono de una deducción fiscal por I+D+i cuando no dispone de cuota suficiente en el Impuesto sobre Sociedades para aplicarla completamente.
Deben ser actividades elegibles de investigación, desarrollo o innovación tecnológica. El proyecto debe implicar una novedad o mejora tecnológica sustancial, no una simple actualización, adaptación o mejora rutinaria.
No. También puede solicitarse cuando la empresa obtiene beneficios, pero su cuota del Impuesto sobre Sociedades no es suficiente para aprovechar toda la deducción generada