Descárgate nuestro documento resumen de la ayuda PERTE VEC II.
🔷 OBJETIVO:
Dentro de la cadena industrial del vehículo eléctrico, dos secciones diferenciadas:
- La primera, “sección A”, que engloba la producción de baterías del vehículo eléctrico, sus componentes esenciales y la producción o recuperación de materias primas fundamentales necesarias.
- La segunda “sección B”, que engloba el resto de la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado, sus sistemas, subsistemas y componentes, y ciertos sistemas de infraestructura auxiliares necesarios para su despliegue.
Para cada sección, A y B, las ayudas previstas se concederán en convocatorias separadas. En esta Orden se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en ambas secciones, así como la convocatoria de ayudas a planes de inversión en la sección A.
🔷 BENEFICIARIOS:
Sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial.
🔷 PLAZOS DE SOLICITUD:
Pendiente de su publicación.
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