🔷 OBJETO:
Inversión en activos materiales e inmateriales que se encuentren dentro de los CNAE’s elegibles.
🔷 BENEFICIARIOS:
Empresas, en cualquier forma jurídica, que sean titulares en Cantabria de una de las siguientes actividades económicas:
Fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para las empresas. Empresas de nueva creación podrán ser beneficiadas, aunque no estén dadas de alta en la SS en el momento de presentar la solicitud, acreditando su actividad laboral en cualquier régimen de la SS a la fecha de justificación.
🔷 PLAZOS DE SOLICITUD:
Desde el 03/01/2023 hasta el 31/03/2023.
Si estas interesado en alguna otra ayuda, puedes informarte sobre todas las disponibles aquí.