Monetiza tu deducción con la opción “Cash Back”

Consigue una monetización de hasta el 100% del importe de la cuota de tu IS.

Monetizacion o cashback

¿Cómo funciona?

La Ley del Impuesto sobre Sociedades permite a las empresas aplicar sus deducciones por actividades de I+D+i.

Con carácter general, estas deducciones pueden aplicarse hasta un límite del 25 % de la cuota, que puede elevarse al 50 % cuando las deducciones generadas por determinadas actividades de I+D+i superan el 10 % de dicha cuota.

Cuando una empresa ha generado una deducción por I+D+i, pero no dispone de cuota suficiente para aplicarla, puede optar, bajo determinadas condiciones, por su monetización o cashback. Esto permite solicitar a la administración, el abono de la deducción pendiente, aplicando una reducción del 20 % sobre su importe.

Esto sería la reducción máxima obtenible, pero bajo otra serie de especificaciones, podrías optar a la opción de monetización o cash back, reduciendo el importe de tu cuota al 100%.

Retos que resolvemos

Retos reales, soluciones claras

01 Reto 1: Entender los criterios de elegibilidad

Reto 1: Entender los criterios de elegibilidad

Nuestros expertos conocen en profundidad la normativa vigente y se aseguran de que solo se presenten los proyectos que realmente cumplen los requisitos, maximizando tus posibilidades de éxito.
Reto 1: Entender los criterios de elegibilidad
02 Reto 2: Gestionar la documentación

Reto 2: Gestionar la documentación

Nos encargamos de toda la documentación necesaria, redactando las memorias técnicas que justifican tus actividades de I+D+i ante la Administración.
Reto 2: Gestionar la documentación
03 Reto 3: Tiempo y carga administrativa

Reto 3: Tiempo y carga administrativa

Te acompañamos durante todo el proceso — desde la verificación de elegibilidad del proyecto hasta la presentación del Impuesto de Sociedades con la deducción aplicada — para que tú puedas centrarte en lo que importa: tu negocio.
Reto 3: Tiempo y carga administrativa

Liderazgo cuantificado

Nuestro impacto en cifras

+50000

Clientes

+29

años de experiencia como Grupo

20

Países

+1.550

IMVs aprobados en 2025

99,85%

de tasa de aprobación ante la administración

cómo aplica

¿Qué actividades pueden generar derecho al cashback?

La apliacción de este incentivo en particular, cuenta con muchos requisitos especifícos conforme a la actividad de tu empresa. Descubre aquí algunos de ellos:

¿CÓMO TE AYUDAMOS?

Metodología Leyton

Te acompañamos en todo el proceso para identificar actividades deducibles, justificar correctamente tus proyectos de I+D+i y maximizar el beneficio fiscal con seguridad técnica, económica y jurídica.

01.

Identificación de actividades elegibles

Nuestro equipo multidisciplinar analiza tus proyectos para detectar qué actividades pueden calificarse como I+D o Innovación Tecnológica.

02.

Gestión integral del proceso

Te ofrecemos una consultoría 360º para coordinar cada fase del expediente, desde el análisis inicial hasta la aplicación de la deducción.

03.

Preparación de memorias técnicas y económicas

Elaboramos la documentación necesaria para justificar el proyecto, los gastos asociados y su encaje dentro de los criterios exigidos.

04.

Equipo experto

Más del 50% de nuestros empleados son ingenieros cualificados, lo que nos permite entender tus proyectos desde una perspectiva técnica y fiscal.

05.

Trazabilidad de los ahorros conseguidos

Aportamos claridad y visibilidad sobre el beneficio fiscal obtenido mediante herramientas propias, seguras y optimizadas.

06.

Seguimiento continuo

Realizamos reuniones periódicas y ponemos a tu disposición un equipo dedicado para acompañarte hasta la correcta aplicación del incentivo.

COMPRUEBA TU ELEGIBILIDAD

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FAQ

Preguntas frecuentes sobre el Cashback

Resolvemos las dudas más habituales sobre aplicar la Monetización el Cashback

¿Qué es la monetización o cashback de las deducciones por I+D+i?

Es un mecanismo que permite a una empresa solicitar el abono de una deducción fiscal por I+D+i cuando no dispone de cuota suficiente en el Impuesto sobre Sociedades para aplicarla completamente.

Deben ser actividades elegibles de investigación, desarrollo o innovación tecnológica. El proyecto debe implicar una novedad o mejora tecnológica sustancial, no una simple actualización, adaptación o mejora rutinaria.

No. También puede solicitarse cuando la empresa obtiene beneficios, pero su cuota del Impuesto sobre Sociedades no es suficiente para aprovechar toda la deducción generada